El juez Juan Carlos Peinado ha solicitado a Begoña Gómez que demuestre que utilizó su pasaporte exclusivamente para desplazarse al Reino Unido y asistir a la graduación de su hija. La petición se produce después de que el documento fuera devuelto sin sellos físicos de entrada o salida y mientras la Audiencia Provincial de Madrid estudia varios recursos relevantes para el futuro de la causa.
Begoña Gómez y su pasaporte: qué exige el juez Peinado
El titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha concedido a Begoña Gómez un plazo improrrogable de cinco días para que aporte documentación que acredite el recorrido realizado durante su reciente salida de España.
La esposa del presidente del Gobierno había recibido una autorización judicial temporal para recuperar su pasaporte y viajar a Londres entre el 8 y el 10 de julio. El motivo autorizado era acudir a la graduación universitaria de una de sus hijas.
Después de regresar a España, Gómez entregó nuevamente el documento en los Juzgados de Plaza de Castilla. El juez Peinado observó que el pasaporte no incorporaba sellos físicos que permitieran comprobar las fechas y los puntos de entrada y salida. Por esa razón, le reclama ahora pruebas adicionales que confirmen que el documento solo fue utilizado para el desplazamiento permitido.
La providencia no implica que se haya demostrado un incumplimiento. Se trata de un requerimiento para que la investigada aporte billetes, tarjetas de embarque, justificantes electrónicos, registros fronterizos u otros documentos que permitan reconstruir el viaje.
La ausencia de sellos no demuestra por sí sola un incumplimiento
Uno de los aspectos centrales de la controversia es la inexistencia de sellos en el pasaporte. Fuentes de La Moncloa sostienen que esta circunstancia se explica por los sistemas electrónicos utilizados en los controles fronterizos británicos.
El Gobierno británico emplea autorizaciones electrónicas de viaje y controles automatizados para numerosos pasajeros, por lo que el tránsito por la frontera no siempre queda reflejado mediante un sello tradicional. La defensa puede recurrir a registros electrónicos, reservas aéreas y certificados emitidos por las compañías para acreditar las fechas del desplazamiento.
Fuentes gubernamentales han defendido que el viaje se realizó dentro de los límites establecidos y han calificado el nuevo requerimiento de desproporcionado. Esa valoración política no sustituye, sin embargo, a la documentación que deberá presentar la defensa ante el juzgado.
El juez advierte en su resolución de que, si Gómez no acredita el recorrido o si se detectara un incumplimiento de las condiciones impuestas, los hechos podrían analizarse como un posible quebrantamiento de medida cautelar. La existencia de ese delito requeriría comprobar previamente que hubo una vulneración consciente de la resolución judicial.

Recreación editorial de la defensa podrá aportar billetes, tarjetas de embarque y registros electrónicos para acreditar el recorrido autorizado por el juzgado.
Un viaje autorizado a Londres, pero no a Turquía
La defensa de Begoña Gómez había solicitado permiso para viajar al extranjero entre el 7 y el 10 de julio. La petición incluía inicialmente dos destinos: Ankara, donde se celebraba una cumbre de la OTAN, y Londres, donde tenía lugar la graduación de su hija.
El magistrado Antonio Viejo, que sustituyó temporalmente a Peinado durante sus vacaciones, rechazó la asistencia a la cumbre en Turquía. Consideró que Gómez acudiría por razones de cortesía institucional y no para desarrollar una función oficial activa.
El juez sustituto sí autorizó el desplazamiento a Londres al valorar la naturaleza familiar del evento y la cooperación judicial existente entre España y el Reino Unido. La devolución del pasaporte quedó limitada a ese viaje concreto y el documento debía entregarse nuevamente al regresar.
La cuestión que Peinado quiere aclarar ahora es si el recorrido se ajustó exactamente a esa autorización. La defensa dispone de tres días para recurrir la providencia y de cinco para presentar las pruebas solicitadas, según la información judicial conocida.
Las medidas cautelares adoptadas el 20 de junio
El requerimiento está relacionado con las medidas cautelares que Peinado impuso el pasado 20 de junio, cuando dictó la apertura de juicio oral contra Begoña Gómez.
El magistrado ordenó la retirada del pasaporte, la prohibición de abandonar España y la obligación de comparecer dos veces al mes ante el juzgado. Justificó estas restricciones al considerar que existía riesgo de que la investigada pudiera eludir la acción de la justicia.
Gómez afronta el procedimiento por cuatro presuntos delitos: tráfico de influencias, corrupción en los negocios, malversación y apropiación indebida. También están incluidos en la causa su asesora, Cristina Álvarez, y el empresario Juan Carlos Barrabés. Todos conservan la presunción de inocencia.
La Fiscalía y las defensas han cuestionado las medidas cautelares y la interpretación realizada por el instructor. El ministerio público sostiene que las restricciones son innecesarias y desproporcionadas, mientras que Peinado defiende que responden al riesgo de fuga que afirma apreciar.
La Audiencia de Madrid estudia recursos decisivos
El nuevo episodio del pasaporte coincide con el análisis que realiza la Audiencia Provincial de Madrid sobre varios recursos presentados durante la instrucción.
Cinco magistrados de la sección 23 estudian, entre otras cuestiones, la transformación del procedimiento para que sea juzgado por un jurado popular. La Audiencia ya anuló anteriormente una decisión similar porque consideró insuficiente su argumentación, aunque Peinado volvió a impulsar posteriormente esa vía procesal.
El auto de apertura de juicio oral no puede recurrirse directamente. No obstante, las resoluciones de la Audiencia sobre decisiones anteriores podrían modificar el alcance de la causa, los delitos que continúan adelante o la forma en que debería celebrarse el juicio.
Los magistrados no tienen un plazo cerrado para resolver. La deliberación puede prolongarse durante varios días debido al número y la complejidad de los recursos planteados.

Recreación editorial de cinco magistrados de la Audiencia Provincial de Madrid analizan varios recursos que pueden afectar al alcance y al formato del procedimiento.
La Fiscalía pide la absolución de los tres acusados
La Fiscalía de Madrid ha presentado un escrito en el que solicita la absolución de Begoña Gómez, Cristina Álvarez y Juan Carlos Barrabés. El ministerio público considera que los hechos investigados no son constitutivos de delito y rechaza la tesis mantenida por el juez instructor.
Entre sus argumentos, la Fiscalía señala que Gómez ya estaba vinculada a actividades académicas de la Universidad Complutense antes de que Pedro Sánchez llegara a la Presidencia del Gobierno. También sostiene que no se ha acreditado un beneficio económico ilícito, un perjuicio para la universidad o una intervención de Gómez en las adjudicaciones públicas obtenidas por empresas vinculadas a Barrabés.
Respecto al trabajo de Cristina Álvarez, el ministerio público considera que las actuaciones conocidas encajaban en sus funciones como asesora y que no provocaron un menoscabo de recursos públicos. El instructor mantiene una interpretación distinta y entiende que existen indicios suficientes para que los hechos sean examinados en juicio.
Esta diferencia entre la Fiscalía y el juez será uno de los principales elementos del proceso si finalmente se constituye el tribunal encargado de juzgar el caso.
Qué puede ocurrir después del requerimiento
La respuesta de la defensa determinará el próximo paso relacionado con el pasaporte. La presentación de billetes, registros electrónicos o justificantes de viaje podría acreditar que Gómez respetó el itinerario autorizado y cerrar esta cuestión concreta.
Si el juzgado considera insuficiente la documentación, podría solicitar nuevos informes a las autoridades fronterizas o a las compañías de transporte. Solo después de comprobar un eventual incumplimiento podría plantearse la apertura de una investigación independiente por quebrantamiento de medida cautelar.
De manera paralela, la Audiencia Provincial deberá pronunciarse sobre los recursos que afectan a la estructura del procedimiento. Su decisión será más relevante para el futuro general del caso que la incidencia puntual relacionada con los sellos del pasaporte.

