El Tribunal Supremo ha rechazado levantar la medida cautelar que afecta al derecho de sufragio de miles de españoles nacionalizados mediante la conocida como ‘ley de nietos’. La decisión irrumpe de lleno en el calendario de las elecciones generales del 29 de noviembre y abre una compleja batalla jurídica y administrativa sobre el censo de españoles residentes en el extranjero.
El calendario electoral español suma un nuevo frente a menos de dos meses de la cita con las urnas. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha decidido mantener las medidas cautelares relacionadas con los ciudadanos que obtuvieron la nacionalidad española al amparo de la disposición de la Ley de Memoria Democrática popularmente conocida como ‘ley de nietos’.
El tribunal ha desestimado el recurso de reposición presentado por la Abogacía del Estado, que había solicitado levantar la suspensión ante las dificultades para ejecutar la medida antes de las elecciones generales del próximo 29 de noviembre. La resolución incluye el voto particular de una de las seis magistradas que integran la sección.
Según la cifra aportada por los servicios jurídicos del Estado y recogida en las informaciones sobre la resolución, 163.020 personas están directamente afectadas por la controversia electoral. El Supremo ha concedido además cinco días para que los afectados puedan presentar alegaciones con el objetivo de defender su inclusión en el censo.
La decisión adquiere especial trascendencia porque las elecciones anticipadas han comprimido los plazos disponibles para resolver una cuestión que originalmente se encontraba en pleno recorrido judicial.

Recreación editorial del Tribunal Supremo ha rechazado levantar las medidas cautelares relacionadas con el voto de los nacionalizados afectados por la denominada ‘ley de nietos’.
¿Qué es la ‘ley de nietos’?
La denominada ‘ley de nietos’ no constituye formalmente una ley independiente. El término se utiliza para referirse a una disposición incluida en la Ley de Memoria Democrática que abrió nuevas vías para que determinados descendientes de españoles pudieran solicitar la nacionalidad.
Entre sus beneficiarios figuran descendientes de españoles que abandonaron el país durante determinados periodos históricos relacionados con la Guerra Civil y la dictadura franquista.
El Gobierno informó en junio de 2026 de que más de medio millón de personas habían obtenido la nacionalidad española a través de esta vía. Sin embargo, la controversia judicial se centra en los efectos electorales de determinadas inscripciones y en los requisitos utilizados para acreditar la condición que daba acceso a ellas.
El Supremo intervino cautelarmente en septiembre. En su resolución inicial señaló el extraordinario incremento del número de electores y justificó las medidas por la necesidad de proteger la transparencia del proceso electoral y la confianza en sus resultados.
El problema del censo exterior antes de las elecciones
La convocatoria anticipada de elecciones generales ha convertido una disputa jurídica en un problema electoral inmediato.
Los ciudadanos españoles residentes permanentemente fuera del país ejercen su derecho al voto a través del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). El censo aplicable a los comicios del 29-N había quedado vinculado a los registros cerrados antes de que el Supremo adoptara sus medidas cautelares.
Ahí aparece uno de los principales problemas administrativos.
La Abogacía del Estado había pedido al Supremo que levantase la suspensión alegando la “imposibilidad material” de revisar individualmente todos los expedientes afectados antes de las elecciones. La identificación requiere comprobar documentación relacionada con la adquisición de la nacionalidad y los registros consulares correspondientes.
La Fiscalía también había solicitado que se permitiera votar a los nacionalizados afectados ante la proximidad de los comicios.
El Supremo, sin embargo, ha optado por mantener las cautelares.

Recreación editorial de la aplicación de la resolución obliga a gestionar la situación de miles de electores inscritos en el censo de españoles residentes en el extranjero.
163.020 electores en el centro de la disputa
La cifra convierte el asunto en una cuestión políticamente sensible.
Los 163.020 afectados representan un colectivo suficientemente amplio como para que la discusión sobre su presencia o ausencia en el censo adquiera relevancia durante una campaña electoral que se prevé muy disputada.
La controversia no implica que estas personas hayan perdido la nacionalidad española. El litigio se concentra específicamente en sus efectos electorales y en la inscripción en el CERA, mientras se resuelve el procedimiento judicial.
RTVE señala que la suspensión afecta a quienes obtuvieron la nacionalidad mediante la instrucción cuestionada, mientras que la decisión cautelar contempla excepciones para quienes puedan acreditar la condición exigida de descendientes de españoles exiliados.
Los afectados disponen ahora de un plazo reducido para presentar alegaciones.
El Gobierno estudia acudir al Constitucional
La decisión del Supremo tampoco parece cerrar definitivamente la disputa.
El Gobierno ha anunciado que estudiará las posibilidades jurídicas existentes para recurrir ante el Tribunal Constitucional. Desde el Ejecutivo se ha cuestionado una medida que, según su posición, puede generar diferencias entre ciudadanos españoles a la hora de ejercer un derecho fundamental.
El asunto plantea una tensión jurídica especialmente delicada: por un lado se encuentra la protección de la integridad y fiabilidad del censo electoral; por otro, el derecho de sufragio de ciudadanos cuya nacionalidad española no está siendo discutida en este procedimiento.
El catedrático de Derecho Procesal Jordi Nieva-Fenoll señaló en RNE la excepcionalidad de la situación y consideró que el Tribunal Constitucional podría acabar teniendo que intervenir debido a la dimensión constitucional del derecho afectado.
Una cuestión que entra de lleno en la campaña del 29-N
La controversia llega cuando España ya está entrando en una intensa precampaña electoral.
Pedro Sánchez convocó anticipadamente las elecciones generales para el 29 de noviembre de 2026, una cita en la que los principales bloques políticos aspiran a movilizar al máximo a sus respectivos electorados. Las encuestas publicadas durante los últimos días apuntan a una ventaja del bloque formado por PP y Vox, aunque todavía quedan varias semanas hasta la votación.
La situación del voto exterior añade ahora otro elemento de incertidumbre.
La aplicación práctica de la decisión judicial exigirá determinar qué ciudadanos quedan definitivamente afectados, cómo se gestionarán las alegaciones y qué margen existe para nuevas actuaciones judiciales antes de que comience la votación.
El adelanto electoral ha reducido considerablemente el tiempo disponible para resolver todas estas cuestiones.

