Meritxell Serret tras beneficiarse de la ley de amnistía aplicada por el Tribunal Supremo

El Supremo activa la ley de amnistía: 13 casos resueltos y Puigdemont todavía pendiente

El Tribunal Supremo ha comenzado a aplicar la ley de amnistía a personas investigadas o condenadas por hechos relacionados con el procés. Las últimas resoluciones benefician a la exconsellera Meritxell Serret y a cuatro antiguos miembros de la Mesa del Parlament, pero no modifican todavía la situación judicial de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y otros dirigentes procesados o condenados por malversación.

El Supremo aplica la ley de amnistía a cinco nuevos casos

El Tribunal Supremo ha aplicado la ley de amnistía a la exconsellera catalana Meritxell Serret y a cuatro antiguos miembros de la Mesa del Parlament de Cataluña: Anna Simó, Lluís Maria Corominas, Ramona Barrufet y Lluís Guinó.

Con estas decisiones, conocidas el 28 de julio de 2026, el alto tribunal amplía la lista de personas beneficiadas por la norma después de haber resuelto otros ocho casos relacionados con delitos de desobediencia y desórdenes públicos. En total, las últimas resoluciones alcanzan a 13 personas o procedimientos vinculados al procés.

La resolución sobre Meritxell Serret tiene un significado político especial. La dirigente de ERC se convierte en la primera integrante del Govern que organizó el referéndum unilateral del 1 de octubre de 2017 en beneficiarse de la ley de amnistía.

Serret había sido condenada en abril de 2023 a un año de inhabilitación y al pago de una multa de 12.000 euros por un delito de desobediencia grave. La sentencia consideró probado que conocía los requerimientos del Tribunal Constitucional que impedían continuar con la organización del referéndum y que no adoptó medidas para detenerlo.

El Supremo considera ahora amnistiados los actos por los que fue acusada y declara extinguida la responsabilidad penal derivada de aquella condena. Serret regresó voluntariamente a España en 2021 después de haber permanecido alrededor de tres años en Bélgica.

Infografía sobre la aplicación de la ley de amnistía por el Tribunal Supremo, los casos ya resueltos, los dirigentes del procés que continúan pendientes y la fecha clave del 22 de septiembre de 2026.

Los cuatro miembros de la Mesa del Parlament de 2017

La amnistía también ha alcanzado a Anna Simó, Lluís Maria Corominas, Ramona Barrufet y Lluís Guinó, integrantes de la Mesa del Parlament durante los acontecimientos de 2017.

Los cuatro habían sido condenados por un delito de desobediencia al haber permitido la tramitación de iniciativas relacionadas con el proceso independentista pese a las advertencias formuladas por el Tribunal Constitucional.

El Tribunal Supremo ha declarado extinguida su responsabilidad penal al considerar que los hechos encajan dentro del ámbito temporal y material establecido por la Ley Orgánica 1/2024 de amnistía para la normalización institucional, política y social en Cataluña.

Estas resoluciones son diferentes de las adoptadas unos días antes sobre los miembros de otra Mesa del Parlament. El 24 de julio, el Supremo aplicó la amnistía al expresidente de la Cámara catalana Roger Torrent y a Josep Costa, Adriana Delgado y Eusebi Campdepadrós, integrantes de la Mesa constituida en una legislatura posterior.

En ese caso, los cuatro habían sido absueltos por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, pero la sentencia se encontraba recurrida por la Fiscalía. El Supremo decidió declarar extinguida cualquier posible responsabilidad relacionada con los hechos juzgados.

Los primeros ocho beneficiados por las nuevas resoluciones

Además de Torrent y los otros tres antiguos miembros de la Mesa, el Supremo aplicó la amnistía al exalcalde de Sabadell Maties Serracant y a tres personas condenadas por desórdenes públicos durante las protestas posteriores a la sentencia del procés de octubre de 2019.

Serracant había sido condenado por facilitar la celebración del referéndum del 1-O en dependencias municipales. Las otras tres personas habían recibido penas por participar en disturbios, levantar barricadas o lanzar objetos contra agentes durante las protestas de 2019.

La aplicación de la amnistía elimina las responsabilidades penales derivadas de esos hechos, aunque no significa que los acontecimientos dejen de haber sido considerados delictivos en las sentencias originales. La norma actúa sobre las consecuencias jurídicas y extingue las penas o responsabilidades incluidas dentro de su ámbito de aplicación.

Por qué el Supremo aplica la ley de amnistía ahora

El cambio se produce después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciara el 16 de julio de 2026 sobre la compatibilidad de la ley española con el derecho comunitario.

El TJUE concluyó que el derecho de la Unión no se opone a la norma española. El tribunal consideró que la amnistía no perjudica los intereses financieros de la Unión Europea y que tampoco vulnera la legislación comunitaria sobre terrorismo en los asuntos concretos que habían originado las cuestiones prejudiciales.

La justicia europea también señaló que el objetivo declarado de la ley es reducir las tensiones institucionales y políticas surgidas alrededor del proceso independentista catalán y facilitar un escenario de normalización y reconciliación.

No obstante, el TJUE no ordenó directamente amnistiar a personas concretas. La aplicación individual de la norma continúa correspondiendo a los tribunales españoles responsables de cada procedimiento.

En varias de sus resoluciones, el Supremo se ha apoyado jurídicamente en la doctrina fijada por el Tribunal Constitucional, aunque había decidido esperar al pronunciamiento europeo antes de resolver algunos de los recursos pendientes.

Esta distinción es relevante: el TJUE analiza la compatibilidad con el derecho de la Unión, mientras que el Constitucional examina el encaje de la norma dentro de la Constitución española.

El Constitucional refuerza la validez de la norma

El Tribunal Constitucional también ha desestimado el recurso presentado por la Junta de Extremadura contra la ley de amnistía. La resolución se suma a los pronunciamientos anteriores en los que el tribunal de garantías había respaldado la constitucionalidad de la norma.

El Constitucional sostiene que la Constitución no prohíbe expresamente las leyes de amnistía y que el Parlamento puede aprobar una medida de este tipo siempre que respete los principios constitucionales, la igualdad, la separación de poderes y la tutela judicial efectiva.

Con el respaldo del TJUE y la consolidación de la doctrina constitucional, los tribunales españoles disponen ahora de un marco más definido para resolver los procedimientos pendientes.

Sin embargo, esto no implica que todos los casos vayan a recibir automáticamente la misma respuesta. Cada tribunal debe determinar el delito atribuido, la fecha de los hechos, la existencia de posibles exclusiones y la situación procesal de cada persona.

Puigdemont y Junqueras siguen fuera de estas decisiones

Las resoluciones conocidas hasta ahora no modifican la situación de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva, Dolors Bassa, Toni Comín y Lluís Puig.

La principal diferencia se encuentra en el delito de malversación. El Tribunal Supremo ha interpretado que determinadas actuaciones atribuidas a los principales dirigentes del procés no quedan cubiertas por la amnistía, una conclusión que sus defensas han recurrido ante el Tribunal Constitucional.

El Constitucional comenzará a analizar estos recursos el 22 de septiembre de 2026. El primero será el presentado por Jordi Turull contra la negativa del Supremo a aplicarle la amnistía.

La decisión sobre Turull puede establecer criterios relevantes para los recursos de los demás condenados y para los dirigentes que continúan procesados en rebeldía, entre ellos Puigdemont, Comín y Lluís Puig.

Por tanto, la aplicación de la amnistía a Meritxell Serret no supone que el regreso de Puigdemont a España quede automáticamente despejado. Las órdenes y medidas judiciales que puedan afectar al expresidente catalán dependerán de las próximas resoluciones del Constitucional y de la interpretación que posteriormente realice el Supremo.

Recreación editorial de cómo la situación de Puigdemont no cambia con las últimas resoluciones y continúa vinculada a los recursos pendientes sobre el delito de malversación.

El Tribunal de Cuentas, el siguiente frente jurídico

Otro de los procedimientos todavía abiertos se encuentra en el Tribunal de Cuentas y afecta a los gastos vinculados al referéndum del 1-O y a la acción exterior de la Generalitat.

La Fiscalía ha reclamado que se aplique la ley de amnistía después del pronunciamiento del TJUE. El Tribunal de Cuentas, sin embargo, decidió conceder un nuevo plazo a las partes para presentar alegaciones antes de adoptar una resolución definitiva.

Este procedimiento resulta especialmente relevante porque se centra en responsabilidades contables y no únicamente penales. Su desenlace determinará hasta qué punto la amnistía elimina también las reclamaciones económicas relacionadas con el uso de fondos públicos durante el procés.

Las reacciones políticas a las decisiones

ERC ha celebrado la amnistía concedida a Meritxell Serret y considera que el Supremo debe extender la aplicación de la ley al resto de procedimientos pendientes.

El presidente de la Generalitat, Salvador Illa, también ha valorado positivamente las decisiones y ha pedido que la norma se aplique con diligencia y agilidad. Para el Gobierno y los partidos que apoyaron la ley, las resoluciones respaldan la estrategia de trasladar el conflicto independentista desde los tribunales hacia el ámbito político.

El Partido Popular mantiene su oposición política a la amnistía. Tras conocerse la sentencia europea, la formación insistió en que el TJUE no analizaba la oportunidad política de la norma y que correspondía a los tribunales españoles decidir sobre cada uno de sus efectos concretos.

El debate político continuará, aunque la discusión jurídica ha entrado en una fase diferente. La cuestión ya no se limita a determinar si la ley puede aplicarse, sino a establecer qué personas, delitos y responsabilidades quedan cubiertos por ella.