Manos Limpias solicita una condena de 10 años y tres meses de prisión para Begoña Gómez por presuntos delitos continuados de tráfico de influencias y malversación. La Audiencia Provincial de Madrid ha confirmado que la esposa del presidente del Gobierno será juzgada por estos dos delitos mediante un jurado popular, aunque todavía no existe una fecha oficial para el comienzo del juicio.
Manos Limpias pide 10 años y tres meses de prisión

Manos Limpias solicita 10 años y tres meses de prisión para Begoña Gómez por presuntos delitos continuados de tráfico de influencias y malversación. La petición corresponde a la acusación y no supone una condena.
La petición de más de 10 años de prisión para Begoña Gómez procede de Manos Limpias, que presentó un escrito de acusación separado del resto de las acusaciones populares. La organización solicita penas que suman exactamente 10 años y tres meses de cárcel por dos delitos continuados: tráfico de influencias y malversación de caudales públicos.
Este dato es especialmente relevante después de la última resolución de la Audiencia Provincial de Madrid. El tribunal ha decidido que Begoña Gómez continúe hacia el juicio precisamente por esos dos delitos, mientras ha apartado del procedimiento con jurado las acusaciones de corrupción en los negocios y apropiación indebida que había incluido inicialmente el juez Juan Carlos Peinado.
Por tanto, la petición de Manos Limpias encaja con los dos delitos que siguen formando parte del procedimiento. Otras acusaciones populares habían solicitado anteriormente hasta 24 años de prisión por un conjunto de cuatro delitos, pero esa reclamación tendrá que adaptarse a la decisión de la Audiencia, que ha reducido el alcance de la causa.
La cifra de más de 10 años es una solicitud de una de las acusaciones y no una condena. Gómez mantiene la presunción de inocencia y la pena únicamente podría imponerse después de la celebración del juicio, de un veredicto de culpabilidad y de la correspondiente sentencia judicial.
De qué se acusa a Begoña Gómez
La primera acusación es por un presunto delito continuado de tráfico de influencias. Manos Limpias sostiene que Begoña Gómez habría utilizado su posición como esposa del presidente del Gobierno para favorecer la creación de una cátedra extraordinaria en la Universidad Complutense de Madrid y conseguir posteriormente su dirección.
Según el escrito conocido por RTVE, la organización considera que Gómez se habría prevalido de su relación personal con Pedro Sánchez para que el rectorado de la universidad impulsara la denominada Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva. La defensa rechaza esta interpretación y niega que se produjera ninguna influencia ilícita.
El segundo delito es el de malversación de caudales públicos. Este apartado se centra principalmente en las actuaciones realizadas por Cristina Álvarez, trabajadora contratada como personal eventual de Presidencia del Gobierno y destinada a asistir a Begoña Gómez.
La investigación trata de determinar si Álvarez empleó recursos, tiempo de trabajo o medios públicos para atender actividades privadas o académicas relacionadas con Gómez. La asesora también será juzgada por un presunto delito de malversación, aunque la Audiencia ha limitado su procedimiento exclusivamente a este cargo.
La causa también analiza el desarrollo de un software vinculado a la cátedra de la Universidad Complutense. Manos Limpias asegura que Gómez trató de aprovechar comercialmente esa herramienta y que obtuvo 15.000 euros por su actividad en la cátedra. Estas afirmaciones forman parte del escrito de acusación y deberán ser probadas durante el juicio.
El Gobierno sostiene la versión contraria. Fuentes de La Moncloa aseguran que el programa informático nunca llegó a terminarse ni fue explotado comercialmente, que estaba concebido como un servicio gratuito para empresas y organizaciones sociales y que la Universidad Complutense no sufrió perjuicio patrimonial. También afirman que Gómez no cobró por codirigir la cátedra.

La infografía resume la situación judicial de Begoña Gómez, los delitos que continúan en la causa, la petición de 10 años y tres meses de prisión formulada por Manos Limpias, la devolución del pasaporte y los pasos pendientes hasta la celebración del juicio con jurado popular.
La Audiencia mantiene el juicio, pero reduce la causa
La Audiencia Provincial de Madrid ha respaldado la celebración del juicio con jurado popular por tráfico de influencias y malversación. Al mismo tiempo, ha retirado los otros dos cargos que aparecían en el auto del juez Peinado: corrupción en los negocios y apropiación indebida.
El tribunal también ha separado al empresario Juan Carlos Barrabés de este juicio. La legalidad de los contratos públicos adjudicados a empresas relacionadas con él continuará investigándose mediante un procedimiento abreviado distinto.
Manos Limpias había solicitado para Barrabés una pena de dos años y tres meses por tráfico de influencias. Sin embargo, su situación procesal ya no será resuelta por el mismo jurado que deberá pronunciarse sobre Begoña Gómez y Cristina Álvarez.
La Audiencia también anuló todas las medidas cautelares que el juez Peinado había impuesto a Gómez y a su asesora. Ambas han recuperado sus pasaportes, pueden salir de España y ya no tienen que comparecer cada quince días ante el juzgado. Los magistrados consideraron que podían mantenerse localizadas sin necesidad de esas restricciones.
Cuándo será el juicio de Begoña Gómez
Actualmente, el juicio de Begoña Gómez no tiene fecha oficial. La decisión de la Audiencia confirma que el procedimiento debe continuar ante un jurado popular, pero todavía quedan trámites antes de que puedan señalarse las sesiones.
Las acusaciones deberán adaptar sus escritos a los dos delitos que permanecen en la causa. Posteriormente, la defensa podrá presentar sus conclusiones y solicitar nuevamente el archivo o la absolución. Una vez completada esta fase, el procedimiento tendrá que llegar a la Audiencia Provincial de Madrid, que será la encargada de organizar el juicio y señalar las fechas.
Por este motivo, no puede afirmarse todavía que el juicio se vaya a celebrar en un mes concreto de 2026 o de 2027. Cualquier fecha que circule antes de un señalamiento oficial debe considerarse una estimación y no una convocatoria definitiva.
El jurado se designará cuando el juicio ya esté programado. La selección de los nueve ciudadanos titulares se realiza mediante sorteo al menos 30 días antes de la vista. Además, se elegirán dos suplentes que deberán asistir a todas las sesiones por si alguno de los titulares no puede continuar.
Cómo funcionará el jurado popular

Recreación editorial con nueve ciudadanos que deberán decidir qué hechos consideran probados durante el juicio de Begoña Gómez.
El juicio estará presidido por un magistrado profesional y contará con nueve ciudadanos titulares y dos suplentes. Los integrantes del jurado escucharán las declaraciones, examinarán las pruebas y decidirán qué hechos consideran probados.
Al finalizar las sesiones, el jurado tendrá que emitir un veredicto de culpabilidad o de no culpabilidad. Los ciudadanos no establecerán la pena ni redactarán la sentencia. Esa responsabilidad corresponderá al magistrado que presida el tribunal.
Los delitos de tráfico de influencias y malversación se encuentran entre las infracciones que pueden ser juzgadas mediante este procedimiento. La identidad de los miembros del jurado no se hará pública y las partes podrán plantear recusaciones cuando exista alguna incompatibilidad, relación personal o interés en la causa.
La Fiscalía y la defensa piden la absolución
La Fiscalía no comparte las acusaciones formuladas contra Begoña Gómez. El Ministerio Público considera que no existen pruebas suficientes para acreditar los delitos y ha defendido su absolución.
La defensa sostiene que la actividad académica de Gómez era legítima, que no utilizó su relación con el presidente del Gobierno para presionar a funcionarios y que no obtuvo ningún beneficio ilícito del software desarrollado para la cátedra.
Las acusaciones populares mantienen la postura contraria y deberán demostrar durante la vista oral que existió una influencia efectiva sobre autoridades o funcionarios y que se produjo una utilización irregular de recursos públicos.

